El Gobierno de la Ciudad de México puso en marcha este viernes 22 de mayo de 2026 el Sistema de Registro Digital de Anfitriones y Plataformas de Alojamiento Temporal, una herramienta que busca regular la renta de inmuebles a través de plataformas digitales. Los propietarios y las plataformas que ofrecen este tipo de hospedaje tienen un plazo de 30 días para completar su registro en el portal oficial.
La medida responde a lo estipulado en la Ley de Turismo local y afecta a un mercado que se estima supera las 30 mil viviendas destinadas a hospedaje eventual en la capital del país. El registro se realiza a través del sitio estanciaeventual.cdmx.gob.mx y su cumplimiento será requisito indispensable para continuar operando en este sector.
Cómo funciona el nuevo sistema de registro para hospedaje temporal
El sistema implementado por el gobierno capitalino establece obligaciones tanto para los propietarios de inmuebles como para las plataformas digitales que ofrecen servicios de alojamiento eventual. De acuerdo con la nueva disposición, quienes no se registren dentro del plazo establecido no podrán prestar el servicio de hospedaje.
Para los propietarios de inmuebles, los requisitos incluyen acreditar la propiedad del bien y garantizar condiciones adecuadas de seguridad, higiene y protección civil. Una vez completado el trámite, recibirán un folio oficial de registro que deberá exhibirse tanto en los anuncios publicados en las plataformas como físicamente dentro de los inmuebles ofertados.
En el caso de las plataformas digitales, estas deberán informar cuáles inmuebles ofrecen a través de sus servicios y reportar el número de noches ocupadas de cada propiedad registrada. Además, las plataformas tendrán la facultad de bloquear anuncios irregulares en caso de que los propietarios incumplan con los requisitos establecidos.
Umbral de tres inmuebles para establecimiento mercantil
Una de las disposiciones más relevantes del nuevo sistema establece que los propietarios que operen más de tres inmuebles destinados a alojamiento temporal deberán constituirse formalmente como establecimientos mercantiles. Esta medida busca distinguir entre quienes rentan ocasionalmente una propiedad y aquellos que operan como negocio dedicado al hospedaje.
La distinción resulta significativa porque implica obligaciones fiscales y administrativas adicionales para quienes superen ese umbral. De esta manera, el gobierno capitalino pretende ordenar un mercado que ha crecido de forma acelerada en los últimos años sin una regulación específica.
Más de 30 mil viviendas operan como hospedaje eventual en la capital
Las autoridades de la Ciudad de México estiman que actualmente existen más de 30 mil viviendas destinadas a este tipo de hospedaje temporal en la capital. Esta cifra refleja el crecimiento exponencial que han tenido las plataformas de alojamiento entre particulares durante los últimos años.
El fenómeno ha generado debates sobre su impacto en el mercado inmobiliario tradicional, particularmente en zonas con alta demanda turística. La nueva regulación busca tener un registro preciso de cuántas propiedades operan bajo este esquema y bajo qué condiciones lo hacen.
Plazo de 30 días para completar el registro
El plazo para cumplir con la nueva obligación comenzó a correr a partir del viernes 22 de mayo de 2026. Los propietarios y las plataformas tienen 30 días naturales para realizar el trámite correspondiente en el portal estanciaeventual.cdmx.gob.mx.
Una vez transcurrido este periodo, quienes no cuenten con su registro no podrán continuar ofreciendo servicios de hospedaje temporal a través de plataformas digitales. Las autoridades han señalado que el sistema ya se encuentra disponible y operativo para que los interesados inicien su proceso de registro.
Autoridades involucradas en la implementación
La puesta en marcha del Sistema de Registro Digital de Anfitriones y Plataformas de Alojamiento Temporal fue anunciada por el gobierno que encabeza Clara Brugada, jefa de Gobierno de la Ciudad de México. En la implementación de esta medida participó también Eréndira Cruzvillegas, consejera jurídica del gobierno capitalino.
La regulación se enmarca dentro de las disposiciones de la Ley de Turismo local, que establece las bases para ordenar los servicios de hospedaje en la capital del país. Con esta acción, las autoridades buscan formalizar un sector que hasta ahora operaba sin un marco regulatorio específico.
Requisitos principales para propietarios
Los propietarios que deseen continuar rentando sus inmuebles a través de plataformas de alojamiento temporal deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Primero, deberán acreditar la propiedad del inmueble que ofrecen en renta. Segundo, tendrán que garantizar condiciones de seguridad, higiene y protección civil adecuadas para los huéspedes. Tercero, una vez aprobado su registro, deberán exhibir el folio oficial tanto en los anuncios digitales como físicamente dentro del inmueble.
El cumplimiento de estos requisitos será verificado por las autoridades correspondientes, y las plataformas tendrán la responsabilidad de validar que los anuncios publicados cuenten con el folio de registro correspondiente.
Obligaciones para las plataformas digitales
Las plataformas que operan en el mercado de alojamiento temporal también tienen obligaciones específicas bajo el nuevo sistema. Deberán informar a las autoridades qué inmuebles ofrecen a través de sus servicios y mantener actualizada esa información.
Además, las plataformas estarán obligadas a reportar el número de noches ocupadas de cada propiedad registrada. Esta información permitirá a las autoridades tener un panorama claro sobre la actividad real del sector y su impacto en la oferta de vivienda en la ciudad.
En caso de detectar incumplimientos por parte de los propietarios, las plataformas tendrán la facultad de bloquear los anuncios irregulares, lo que las convierte en parte activa del sistema de regulación.
Información pendiente por precisar
Aunque el sistema ya está disponible para iniciar los trámites, algunas cuestiones relevantes aún no han sido detalladas públicamente. Entre la información que falta por precisar se encuentran las sanciones específicas por incumplimiento de las nuevas disposiciones.
Tampoco se ha especificado si el trámite de registro tiene algún costo o si es gratuito para los propietarios. Asimismo, no se ha confirmado la fecha exacta en que vence el plazo de 30 días, aunque se calcula que sería alrededor del 21 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
Dónde se realiza el registro de alojamiento temporal en CDMX
El registro se realiza a través del portal oficial estanciaeventual.cdmx.gob.mx, habilitado por el Gobierno de la Ciudad de México específicamente para este trámite.
Cuánto tiempo hay para registrarse en el sistema de hospedaje eventual
Los propietarios y plataformas tienen un plazo de 30 días a partir del 22 de mayo de 2026 para completar su registro. Quienes no cumplan no podrán continuar operando.
Qué pasa si un propietario tiene más de tres inmuebles en renta
Los propietarios que operen más de tres inmuebles destinados a alojamiento temporal deberán constituirse formalmente como establecimientos mercantiles, con las obligaciones adicionales que esto implica.
Qué deben hacer las plataformas digitales de hospedaje
Las plataformas deben informar los inmuebles que ofrecen, reportar el número de noches ocupadas y podrán bloquear anuncios irregulares cuando los propietarios no cumplan con los requisitos.
Cuántas viviendas operan como hospedaje temporal en la Ciudad de México
Se estima que más de 30 mil viviendas en la Ciudad de México están destinadas actualmente a servicios de hospedaje temporal a través de plataformas digitales.
Con la activación del Sistema de Registro Digital de Anfitriones y Plataformas de Alojamiento Temporal, el Gobierno de la Ciudad de México da un paso hacia la formalización de un sector que involucra a decenas de miles de propiedades en la capital. Los interesados en continuar operando bajo este esquema deberán completar su trámite dentro del plazo de 30 días establecido para evitar la suspensión de sus actividades.
