Un médico especialista del ISSSTE identificado como Pedro “C” fue inhabilitado por un año tras acreditarse conductas sexuales indebidas contra una paciente durante una consulta en la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco, en la Ciudad de México. El anuncio fue realizado por el gobierno federal el domingo 17 de mayo de 2026.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó la sanción luego de que el Órgano Interno de Control del ISSSTE llevara a cabo las investigaciones correspondientes e integrara pruebas documentales y administrativas que sustentaron la resolución. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó sobre el caso como parte de sus acciones contra la violencia en el servicio público.
Qué sanción recibió el médico del ISSSTE en Tlatelolco
La inhabilitación impuesta al médico Pedro “C” le impide ocupar cargos, empleos o comisiones dentro del sector público durante un periodo de un año. Esta medida representa una sanción de carácter administrativo, no penal, derivada de los tocamientos indebidos que se le acreditaron contra una paciente que acudió a consulta en la clínica ubicada en Tlatelolco.
El proceso fue conducido por el Órgano Interno de Control del ISSSTE, instancia encargada de investigar las conductas de los servidores públicos adscritos a esa institución de salud. Durante la investigación se reunieron pruebas documentales y administrativas que permitieron al Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitir la resolución correspondiente.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno dio a conocer el caso como parte de sus esfuerzos por combatir conductas indebidas dentro de las dependencias federales, particularmente aquellas relacionadas con violencia sexual en espacios de atención a la ciudadanía.
Dónde ocurrieron los hechos y qué institución intervino
Los tocamientos indebidos que motivaron la sanción ocurrieron en la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco, un centro de salud del ISSSTE ubicado en la Ciudad de México que atiende a derechohabientes de la institución.
Según la información difundida, los hechos se registraron durante una consulta médica, momento en el cual el servidor público habría cometido las conductas que posteriormente fueron denunciadas e investigadas. La clínica forma parte de la red de atención especializada del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El Órgano Interno de Control del ISSSTE fue la instancia que llevó adelante la investigación administrativa, mientras que la resolución final correspondió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, órgano jurisdiccional encargado de dirimir controversias entre los particulares y la administración pública federal.
El médico sancionado puede impugnar la resolución
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno precisó que el médico identificado como Pedro “C” tiene derecho a impugnar la resolución emitida en su contra. Esto significa que la inhabilitación de un año podría ser revisada si el sancionado decide ejercer los recursos legales disponibles.
En caso de que el médico presente una impugnación, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que defenderá jurídicamente la decisión tomada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Este proceso de defensa forma parte de las atribuciones de la dependencia para sostener las sanciones impuestas a servidores públicos.
Mientras no se resuelva una eventual impugnación o transcurra el plazo legal para presentarla, la inhabilitación se mantiene vigente conforme a los términos establecidos por el tribunal.
Qué implica la inhabilitación para el servidor público
La sanción de inhabilitación por un año tiene efectos directos sobre la vida laboral del médico en el ámbito gubernamental. Durante ese periodo, Pedro “C” no podrá ser contratado, designado o nombrado para ocupar ningún cargo, empleo o comisión dentro del sector público federal, estatal o municipal.
Esta restricción aplica para cualquier dependencia o entidad de gobierno, no únicamente para el ISSSTE donde se desempeñaba al momento de los hechos. La inhabilitación queda registrada en los sistemas de la función pública y puede ser consultada por las áreas de recursos humanos de las instituciones gubernamentales.
La sanción administrativa es independiente de cualquier procedimiento penal que pudiera derivarse de los mismos hechos. La información disponible no precisa si existe una denuncia penal en curso o si las autoridades ministeriales han iniciado alguna investigación adicional por los tocamientos indebidos.
Información pendiente de precisar sobre el caso
Diversos aspectos del caso no fueron detallados en el anuncio oficial. No se dio a conocer el nombre completo del médico sancionado, quien fue identificado únicamente como Pedro “C” en los comunicados oficiales.
Tampoco se precisó la fecha exacta en que ocurrieron los hechos dentro de la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco, ni la especialidad médica que ejercía el servidor público sancionado. Los detalles sobre cómo se presentó la denuncia inicial y quién la interpuso no fueron revelados.
Igualmente se desconoce si además de la sanción administrativa existe algún proceso penal en curso contra el médico, así como su situación laboral previa a la inhabilitación, es decir, si continuaba trabajando en la clínica durante la investigación o si había sido removido de sus funciones de manera preventiva.
Datos clave de la sanción al médico del ISSSTE
A continuación se presenta un resumen de los datos confirmados sobre este caso:
Sancionado: Médico especialista identificado como Pedro “C”
Institución: ISSSTE
Lugar de los hechos: Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco, Ciudad de México
Conducta acreditada: Tocamientos indebidos contra una paciente durante consulta médica
Sanción: Inhabilitación por un año para ocupar cargos públicos
Autoridad que investigó: Órgano Interno de Control del ISSSTE
Autoridad que sancionó: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Fecha del anuncio: 17 de mayo de 2026
Tipo de sanción: Administrativa, no penal
Posibilidad de impugnación: Sí, el sancionado puede recurrir la decisión
Preguntas frecuentes
¿Qué sanción recibió el médico del ISSSTE en Tlatelolco?
El médico identificado como Pedro “C” fue inhabilitado por un año, lo que le impide ocupar cargos, empleos o comisiones en el sector público durante ese periodo. La sanción fue determinada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
¿Dónde ocurrieron los tocamientos indebidos del médico del ISSSTE?
Los hechos se registraron en la Clínica de Especialidades Neuropsiquiatría de Tlatelolco, un centro de salud del ISSSTE ubicado en la Ciudad de México, durante una consulta médica.
¿El médico inhabilitado puede apelar la sanción?
Sí, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que el sancionado tiene derecho a impugnar la resolución. En caso de que lo haga, la dependencia defenderá jurídicamente la decisión del tribunal.
¿La sanción al médico del ISSSTE es penal o administrativa?
La inhabilitación de un año es una sanción de carácter administrativo, determinada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa tras la investigación del Órgano Interno de Control del ISSSTE. No se ha informado sobre la existencia de un proceso penal relacionado.
El caso del médico Pedro “C” fue dado a conocer por las autoridades federales el 17 de mayo de 2026 como parte de las acciones contra conductas indebidas de servidores públicos. La inhabilitación de un año representa una sanción administrativa que restringe su participación en el sector gubernamental, aunque el sancionado conserva el derecho de impugnar la resolución ante las instancias correspondientes.
