La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México confirmó que el 20 de noviembre de 2026 es la fecha límite para registrar scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos de micromovilidad; el trámite tiene un costo subsidiado de 305 pesos.
El titular de la SEMOVI, Héctor Ulises García Nieto, detalló las bases del programa de regulación que busca ordenar la circulación de estos vehículos en la capital del país y garantizar la seguridad vial de todos los usuarios de las calles. El proceso de registro inició el pasado 1 de julio de 2026 y estará vigente hasta finales de noviembre.
El funcionario capitalino explicó que las autoridades están aprovechando estos meses para sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia de contar con un marco normativo claro que regule este tipo de transporte, cuyo uso ha crecido exponencialmente en los últimos años en la Ciudad de México.
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Un proceso paulatino enfocado en la seguridad vial
García Nieto enfatizó que la regulación responde al constante crecimiento de esta modalidad de transporte y a la necesidad de prevenir incidentes viales en las calles de la capital. Según el funcionario, se trata de un proceso gradual que busca generar conciencia entre los usuarios antes de aplicar sanciones.
“Estamos utilizando estos meses para dar una información amplia a toda la gente. Son tres tipos diferentes que necesitamos regular de este tipo de vehículos”
Héctor Ulises García Nieto, titular de la SEMOVI
El secretario de Movilidad destacó que estos vehículos ya son una realidad en la ciudad y resuelven un problema de movilidad en distancias cortas, pero requieren regulación por las velocidades que pueden alcanzar y el riesgo que representan tanto para quien los maneja como para quienes comparten el espacio público.
“Un vehículo que alcanza velocidades mayores a 25 kilómetros puede ser un vehículo que pueda ocasionar un accidente para quien lo maneja como para quien comparte el espacio de ellos”
Héctor Ulises García Nieto, titular de la SEMOVI
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Tipos de vehículos y límites de circulación
Dentro del esquema planteado por la SEMOVI, los vehículos se clasifican en diferentes categorías según sus características técnicas. Esta clasificación determina las zonas por donde podrán circular y los requisitos que deberán cumplir sus propietarios.
| Tipo de vehículo | Características | Dónde pueden circular |
|---|---|---|
| Vehículos eléctricos no motorizados de uso personal | Bicicletas eléctricas de baja potencia | Ciclovías (con distintivo electrónico) |
| VMP Categoría A | Scooters de menor peso y velocidad | Vías secundarias |
| VMP Categoría B | Scooters de mayor peso y velocidad | Vías secundarias |
Respecto a las zonas de tránsito, García Nieto fue enfático sobre las prohibiciones establecidas para proteger a peatones y usuarios del transporte público. Los vehículos motorizados personales (VMP) no podrán circular en:
- Ciclovías
- Banquetas
- Carriles confinados del transporte público
“Los vehículos VMP tendrán que circular fuera de las ciclovías, no en las banquetas, ni tampoco en los carriles confinados del transporte público. Entonces tendrán que hacerlo en vías secundarias”
Héctor Ulises García Nieto, titular de la SEMOVI
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Proceso, costos y fecha límite del registro
El proceso de registro para scooters y bicicletas eléctricas inició el 1 de julio de 2026 y los usuarios tienen hasta el 20 de noviembre de 2026 para completar el trámite y evitar sanciones. Este periodo de casi cinco meses busca dar tiempo suficiente a la ciudadanía para regularizar sus vehículos.
Dato clave: El costo real de las placas sería de 709 pesos, pero gracias al subsidio del Gobierno de la CDMX, los usuarios pagarán únicamente 305 pesos.
García Nieto explicó que el subsidio de más del 50 por ciento en el costo de las placas busca incentivar la participación ciudadana en el proceso de regularización. Este beneficio estará disponible durante todo el periodo de registro.
“A partir del primero de julio se inició el registro… hasta noviembre vamos a hacer todo este proceso. Por eso decimos que vamos paso a pasito, pero dando pasos muy seguros con el objetivo de regular y con el objetivo de avanzar en la seguridad vial de todos”
Héctor Ulises García Nieto, titular de la SEMOVI
Dónde registrar y requisitos del trámite
El trámite de registro se realiza a través de la Ventanilla SEMOVI en el sitio web oficial de la dependencia. Tanto particulares como empresas distribuidoras deberán dar de alta las especificaciones técnicas de sus unidades para obtener el emplacamiento correspondiente.
El proceso contempla el registro de información del propietario, las características técnicas del vehículo (peso, velocidad máxima, potencia del motor), y el pago de los derechos correspondientes para la obtención de la placa y el distintivo electrónico.
Fechas importantes a considerar
- 1 de julio de 2026: Inicio del proceso de registro
- 20 de noviembre de 2026: Fecha límite para registrar y emplacar
- Costo con subsidio: 305 pesos (precio regular 709 pesos)
Las autoridades capitalinas hicieron un llamado a la ciudadanía a realizar el trámite con anticipación para evitar saturaciones en el sistema conforme se acerque la fecha límite. El incumplimiento del registro después del 20 de noviembre podría derivar en sanciones para los propietarios de estos vehículos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite para registrar mi scooter o bicicleta eléctrica en CDMX?
La fecha límite es el 20 de noviembre de 2026. El proceso de registro inició el 1 de julio y los usuarios tienen hasta esa fecha para completar el trámite y evitar sanciones.
¿Cuánto cuesta el registro y emplacamiento de un scooter en CDMX?
El costo con subsidio es de 305 pesos. El precio regular sería de 709 pesos, pero el Gobierno de la CDMX otorga un descuento de más del 50% para incentivar la participación ciudadana.
¿Dónde puedo registrar mi scooter o bicicleta eléctrica?
El trámite se realiza en línea a través de la Ventanilla SEMOVI en el sitio web oficial de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México.
¿Por dónde pueden circular los scooters en la CDMX?
Los vehículos motorizados personales (VMP) deberán circular por vías secundarias. Tienen prohibido transitar por ciclovías, banquetas y carriles confinados del transporte público.
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