Desde el 1 de julio de 2026 entró en vigor el proceso de registro de Vehículos Eléctricos Personales (VEP) en la Ciudad de México, que incluye la obtención de dos calcomanías y una constancia de inscripción ante la Secretaría de Movilidad (Semovi). El trámite se realiza completamente en línea a través del Sistema de Trámites Vehiculares.
Este proceso aplica para propietarios de bicicletas eléctricas y scooters que cumplan con especificaciones técnicas determinadas. La medida busca regular la circulación de estos dispositivos de movilidad en la capital del país, mediante un padrón oficial y el uso de identificadores visibles en los vehículos.
Qué es un VEP y qué vehículos entran en esta categoría
La definición oficial establece que un Vehículo Eléctrico Personal es aquel equipado con motor eléctrico de potencia menor a 250 watts y que alcanza una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Dentro de esta categoría se encuentran las bicicletas eléctricas y los scooters eléctricos que cumplan con estas características técnicas.
Existe también una categoría adicional denominada VEMEPE, destinada a vehículos eléctricos que rebasan los 25 kilómetros por hora, aunque el proceso de registro para ambas categorías se realiza a través del mismo sistema. La distinción entre ambos tipos permite una regulación diferenciada según la capacidad del vehículo.
Calcomanías requeridas y documentación necesaria para el trámite
Los propietarios deben obtener dos calcomanías obligatorias: una vertical y una horizontal, que deberán portar sus vehículos de manera visible. Además, recibirán una constancia de inscripción al padrón de la Semovi, documento que acredita el registro formal del dispositivo.
Para realizar el alta, el propietario debe ingresar al Sistema de Trámites Vehiculares de la Ciudad de México, disponible en la dirección https://app.semovi.cdmx.gob.mx/ventanilla-semovi/. La plataforma digital cuenta con un catálogo oficial de vehículos previamente registrados por distribuidor, lo que facilita la identificación del modelo exacto durante el proceso.
Aunque la ficha oficial no especifica el listado completo de documentos, se requiere que el propietario presente comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de 90 días. El portal en línea guía al usuario paso a paso para completar el registro de manera correcta.
Cómo realizar el trámite en línea paso a paso
El proceso inicia accediendo al portal oficial de la Semovi mediante el enlace https://app.semovi.cdmx.gob.mx/ventanilla-semovi/. Una vez dentro del sistema, el usuario debe buscar su vehículo en el catálogo disponible, que contiene los modelos registrados por cada distribuidor autorizado.
La plataforma permite identificar el vehículo por marca, modelo y especificaciones técnicas. Al seleccionar el dispositivo correcto, el sistema solicita la información personal del propietario y la documentación requerida, incluyendo el comprobante de domicilio dentro del rango de vigencia establecido.
Una vez completado el formulario y validados los datos, el sistema genera la constancia de inscripción y coordina la entrega de las dos calcomanías obligatorias. El trámite está diseñado para realizarse de forma remota, sin necesidad de acudir presencialmente a oficinas gubernamentales.
Diferencias entre VEP y VEMEPE en términos de velocidad
La principal distinción entre ambas categorías radica en la velocidad máxima que pueden alcanzar los vehículos. Los VEP están limitados a 25 kilómetros por hora y cuentan con motores de menos de 250 watts, mientras que los VEMEPE superan ese límite de velocidad y podrían requerir regulaciones adicionales.
Esta clasificación permite a las autoridades aplicar normativas específicas según el nivel de riesgo y las características de cada tipo de vehículo. Los usuarios deben verificar las especificaciones técnicas de su dispositivo antes de iniciar el trámite para seleccionar la categoría correcta en el sistema.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatorio registrar los VEP en CDMX?
El proceso de registro de Vehículos Eléctricos Personales inició el 1 de julio de 2026 en la Ciudad de México, aplicable a bicicletas eléctricas y scooters que cumplan con las especificaciones técnicas establecidas.
¿Qué calcomanías debo obtener para mi vehículo eléctrico personal?
Se requieren dos calcomanías obligatorias: una vertical y una horizontal, además de la constancia de inscripción al padrón de la Secretaría de Movilidad. Ambas deben portarse de manera visible en el vehículo.
¿Dónde realizo el trámite de registro de mi VEP?
El trámite se realiza completamente en línea a través del Sistema de Trámites Vehiculares de la Ciudad de México, en la dirección https://app.semovi.cdmx.gob.mx/ventanilla-semovi/, donde se encuentra el catálogo de vehículos registrados por distribuidor.
¿Qué documentos necesito para registrar mi bicicleta o scooter eléctrico?
Se requiere comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de 90 días. La plataforma digital guía al usuario sobre los documentos adicionales necesarios para completar el proceso de registro.
¿Qué diferencia hay entre un VEP y un VEMEPE?
Un VEP tiene motor eléctrico de menos de 250 watts y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Un VEMEPE es un vehículo que rebasa esa velocidad máxima, por lo que pertenece a una categoría distinta con regulaciones específicas.
El registro de vehículos eléctricos personales representa un paso en la regulación de nuevas formas de movilidad urbana en la capital. Los propietarios pueden realizar el trámite accediendo al portal oficial de la Semovi con su comprobante de domicilio vigente y siguiendo las instrucciones del sistema para obtener las calcomanías y la constancia correspondiente.
